domingo, 14 de octubre de 2007

La defensa hospitalaria del “¡Ah no, yo no sé, no…!”


Tanto en EEUU como en Puerto Rico, un hospital incurre en responsabilidad civil ante su paciente cuando es negligente en la selección de los médicos a quienes concede privilegios y éste incurre en un acto de impericia médica. El concepto “privilegios” significa el permiso que se le otorga al médico para admitir y tratar pacientes en el hospital, de conformidad con las especificaciones contenidas en la aprobación de ese permiso.

Conforme a los reglamentos de todas las facultades médicas que conozco, la membrecía a ese organismo interno es un privilegio que confiere la junta de directores del hospital en cuestión y, presumiblemente, debe ser extendido únicamente a aquellos médicos profesionalmente competentes, que cumplen continuamente con las calificaciones, estándares y requisitos que fija el propio reglamento de la facultad médica. Para que un médico pueda ser miembro de la facultad médica, deberá cumplimentar un formulario de solicitud, que, de acuerdo al reglamento, es desarrollado y revisado periódicamente y aprobado por el cuerpo rector del hospital, es decir, por su junta de directores.

Este formulario debe requerir información vigente del médico, tanto de su vida personal como profesional y, hasta donde sea razonable, debe ser corroborada antes de concederle los privilegios que solicita. Información de si la persona ha sido convicta de delito y si ha tenido reclamaciones de impericia médica en su contra, son solo dos de los criterios importantes que se encuentran contenidos en los formularios de solicitud de privilegios que deben cumplimentar los galenos.

La ley que creó el Tribunal Examinador de Médicos de Puerto Rico ni su reglamento dispone para la inhabilitación inmediata del galeno que ha incurrido en conducta delictiva. Tampoco se provee en estos cuerpos un remedio obligatorio en contra de quien ha incurrido en eventos de impericia médica probados en un tribunal. La actuación del TEM en torno a estos criterios es discrecional y, como hemos visto en el pasado, sumamente flexible, por no decir mustia. Estos criterios, sin embargo, deben ser tomados, y en algunos casos en efectos son tomados, en consideración por los hospitales a la hora de conceder los privilegios que solicita determinado galeno que ha incurrido en este tipo de conducta. Un hospital que, a sabiendas, concede privilegios a un médico con un amplio historial de eventos de impericia médica luciría patético si levanta la defensa del desconocimiento de estos hechos a la hora de tener que responder solidariamente por los actos negligentes de éste. El National Practitioners Data Bank, una base de datos disponibles solo a instituciones proveedoras de servicios de la salud, contiene este tipo de información y es de fácil acceso. Igual ocurre con actos delictivos que constan en certificados de antecedentes penales.
Una investigación periodística recientemente reveló el caso de un tal Rodríguez, médico de Guayama que cuenta con la dudosa distinción de tener en su historial 25 demandas de impericia en su contra. En un artículo de base escrito por la periodista, le negó que estuviese trabajando en un hospital de la ciudad. Al día siguiente le cortó la comunicación telefónica porque tenía que atender un parto pendiente en el mismo hospital.

El director de la facultad médica del hospital fue confrontado con ese hecho y lo más que se le ocurrió decir fue que el galeno en cuestión procedía de una familia fundadora de la institución y que solo había tenido que responder como hospital en uno solo de sus 25 casos de impericia. Desconozco qué abogado llevó el resto de sus 25 demandas. Lo cierto es que si el hospital conocía de su historial de impericia, y ello fue probado, pudo haberse hecho responsable solidariamente por la mayoría de estos eventos.

Lo mismo ocurre con un historial delictivo. El TEM en Puerto Rico, ni la comisión conjunta norteamericana que acredita los hospitales imponen como criterio de exclusión de la práctica de la medicina o de la concesión de privilegios en un hospital a un galeno que haya sido convicto de delito. La última deja este criterio en manos de los hospitales que buscan la acreditación y concede los privilegios. Sin embargo, con mayor frecuencia, cada vez son más los hospitales que consideran este elemento a la hora de conceder privilegios a un médico. Es sencillo; un hospital no quiere que el público sepa que tiene entre su facultad a un médico convicto de delito, pues la institución privada depende del favor público y contar con una imagen limpia siempre es preferible.

Un hospital no quiere que sus pacientes sepan que están siendo expuestos a un convicto de delito o a un negligente consuetudinario y, peor aún, que su salud está en sus manos. Así, si un hospital impone en su reglamento un criterio riguroso sobre convicciones de delito o actos de impericia a la hora de conceder privilegios a los médicos, debe responder cuando lo incumple. Con mayor frecuencia, el “ah no, yo no sé, no”, no vale, dentro ni fuera de los tribunales y qué bueno que esto esté ocurriendo.

¿Un garabato por otro?


El más importante promotor de legislación para limitar los derechos a la víctima de impericia médica en Puerto Rico y, de paso, quitar del medio a su abogado, ahora tiene en su agenda la eliminación del Tribunal Examinador. No es que quiera defender a la institución ni a los galenos que componen el TEM. Ni siquiera se me ocurre una buena defensa en torno a los procedimientos que han ocurrido en el pasado para certificar a los médicos y a sus especialidades, a no ser que sea, que si no lo hacen desde aquí, a alguien se le ocurrirá la maravillosa idea de que lo hagan desde el otro lado del charco. Sin embargo, cuando esas ideas que lucen fantásticas son promovidas por los dirigentes del Colegio de Médicos, una presunción de incorreccción las acompaña siempre en mi mente, teniéndome que convencer de su idoneidad más allá de duda razonable.

Estoy de acuerdo, en principio, con la existencia de un organismo que apruebe quien entra o no a la práctica de la medicina en nuestro país y que fiscalice el desempeño profesional de los médicos, tanto desde el punto de vista ético, como profesional; denomínese Tribunal, Junta, Comité, Club o como se les antoje llamarlo. El TEM debió ser, y no fue, más estricto en ambos aspectos: el procesal y el sustantivo en su quehacer oficial. La creación de un nuevo ente no garantiza que ello sea así, pero con la amarga experiencia que se ha tenido con el existente, quizá la mejor idea sería virarlo patas arriba, tal y como el Colegio de Médicos promueve que se haga y botar la ley que lo creó al zafacón. Tendremos que ver en el camino qué se hace con estas nuevas ideas que vienen circulando, especialmente con la 'propuesta' del Colegio, para determinar en beneficio de quienes redundan, con la esperanza de que sea en favor del paciente. ‘Wishful thinking’…., como dirían nuestros vecinos del norte.

martes, 9 de octubre de 2007

DENGUE: ¿con o sin impericia médica?


El que una persona muera por una infección provocada por el virus del dengue no siempre es culpa del mosquito que lo transmite; a veces el mayor responsable es el médico que maneja la condición del paciente, pasando por alto la sintomatología que lo evidencia o sencillamente omitiendo pruebas diagnósticas básicas o el tratamiento apropiado, incurriendo de esa manera en impericia médica. Otras veces el propio paciente y sus familiares tardan demasiado en buscar ayuda médica porque creen que se trata de una 'monga', de esas que tumban a uno por días . Por otro lado, a través de los tiempos, nuestro Departamento de Salud no ha sido muy asertivo que digamos orientando como es debido para concienciar a nuestra gente sobre como prevenir la propagación del virus y qué hacer ante determinada sintomatología. Así de cruda, pero así de sencilla es nuestra realidad boricua.

Nuestro país parece haber caído de repente, desde hace unas semanas, en un abismo epidémico con relación a esta grave enfermedad viral, publicándose a cada rato un nuevo caso de muerte por dengue. Algunos, que dicen saber de este virus, alegan que esto es cíclico. Cíclico o anecdótico, el conteo de muertos resulta sin duda alarmante, haciendo su debut, incluso, un nuevo tipo de virus de dengue que no incide en la disminución de plaquetas, criterio básico para alertar sobre el otrora conocido.

Los casos que presentan una infección por dengue requieren un alto grado de alerta clínica de parte de los médicos y personal hospitalario, ante cambios drásticos potenciales y el posible progreso hacia una condición de shock en el paciente, tornándose la condición en una mortal. Una vez se diagnostica la condición mediante la recopilación de historial, examen clínico y las pruebas de laboratorio correctas, establecer un manejo médico asertivo puede ser la diferencia entre la vida y la muerte.

Desde 1997 la Organización Mundial de la Salud (World Health Organization) publicó una segunda edición de “Dengue Hemorragic Fever: diagnosis, treatment, prevention and control”. Entre otras cosas, esta publicación sugiere un protocolo para el diagnóstico y tratamiento de estos pacientes. Por otro lado, en Puerto Rico tenemos epidemiólogos de reputación mundial, como el Dr. José G. Rigau Pérez, que han publicado artículos relacionados con este virus, fácilmente disponibles a la clase médica. Los médicos y hospitales debieran estar familiarizados con estas publicaciones; desafortunadamente, muchos no lo están y cada día más personas están pagando las tristes consecuencias.

A pesar de que esta condición es una potencialmente fatal, un tratamiento acelerado y correcto contribuye a mejorar sustancialmente el pronóstico para estos pacientes. Ello implica un esfuerzo significativo que, en una etapa crítica de la enfermedad, difícilmente se puede lograr fuera de una unidad de cuidado intensivo, con el equipo y personal adiestrado adecuadamente.

Los médicos, especialmente los que reciben a estos pacientes en primera instancia en las salas de emergencia, deben reconocer los síntomas y percatarse de la gravedad de la situación, existente o potencial, para así instaurar de inmediato el tratamiento necesario para lograr un buen pronóstico y disminuir las probabilidades de unos resultados nefastos en estos pacientes. De esta forma, los enfermos del virus mejoran y viven, dejando fuera de los tribunales a nuestros médicos, para que puedan hacer buena medicina.

lunes, 8 de octubre de 2007

Casos, cosas, clientes y parientes

Hay muy pocas cosas que comparan con el sabor de la victoria al final de varios años de preparación para un juicio de impericia médica. No es el dinero que el abogado va a recibir, ni los gestos de agrado y de admiración que recibe de parte de sus clientes y de sus pares que conocen del resultado del caso. Es la sensación que da un trabajo bien hecho cuando uno sabe que el esfuerzo ha rendido frutos a favor de una víctima que sufrió daños, muchas veces graves, a manos de un médico o personal hospitalario negligente. Como instrumento entre el agraviado y el tribunal, de alguna forma el abogado es un ecualizador, que con su trabajo logra que se equipare al más débil, la víctima, con el más fuerte, su victimario. Confieso que éste es dínamo que me mueve.

No importa que el caso se transija antes de llegar a juicio; la sensación es parecida, aunque luego de un juicio, en el que el cansancio mental y físico prima, uno siente algo intangible pero comparable con la sustancia química agradable que secreta el cerebro de un atleta acostumbrado a dar la milla extra que, aún cansado, está satisfecho y feliz. Crecí leyendo entretenido historietas de superhéroes de ciencia ficción y viendo a Perry Mason, todos los martes a las 8:00 de la noche, luchar en contra de los malos y ganar el juicio con una confesión del culpable en corte abierta. Tal vez sea eso; no sé.

No obstante la sensación de que hablo, hay casos y hay casos; hay clientes y hay clientes. Recientemente tuve una experiencia con la hija de un cliente, que nunca llegué a conocer personalmente, pero cuya anécdota resultante de alguna interacción quiero compartir con los lectores. La chica nunca aportó dinero para peritaje ni interés para resolver el caso de su padre, quien sufriera daños graves a consecuencia de un médico negligente. Nunca le atañó ni se comunicó conmigo antes para hablar del caso de su padre, a pesar de que, como profesional, entendía o debería entender lo que estaba ocurriendo.

Llegó el día de la transacción extrajudicial que el cliente no esperaba, por razones que no vienen al caso. A la hora de cambiar el cheque de la compensación y cobrar mis honorarios, la hija de 38 años de mi cliente, que nunca reclamó nada por los daños sufridos por su padre, apareció súbitamente en escena, por deseo expreso de su padre. En un tono amazónico con letras mayúsculas, característico de alguien con ínfulas de poder, me “ordenó” detallarle por escrito todas las gestiones, “si algunas”, en el caso, cuestionando de paso mis honorarios, a pesar de que la propia ley federal los fija en un 20% de la compensación total y no obstante haber firmado un contrato de servicios profesionales con su padre. Llegó hasta a tener algún tipo de recelo, cuando me preguntó la razón para acompañar a su padre al banco; sin conocer siquiera que el cheque estaba girado a favor de ambos.

En una conversación, la última sostenida con ella porque le enganché el teléfono, llegó al punto del insulto personal que, por lo injusto, me pareció sorpresivo. Me inclino a pensar que ese agravio gratuito es resultado de un caso de indiscutible psicosis no tratada, con origen en su niñez, en razón de problemas familiares no resueltos. A pesar de no ser psiquiatra creo que esta condición le permite a esta joven ser funcional. Sin embargo, de alguna forma, el dinero que su padre iba a recibir como producto de la transacción le sirvió de detonante para que su bombita interior explotara y, de qué manera...

En mi vida profesional nunca he acostumbrado tratar los asuntos relacionados con la liquidación de las compensaciones económicas con personas ajenas al caso; ningún abogado debe hacerlo. No sé como caí en esta dinámica a estas alturas del juego. Lo cierto es que no lo vi venir y pagué con un mal rato cuyo golpe me duró varios días botar.

El caso de la pariente súbitamente interesada en el bienestar económico de su padre evidencia claramente que el abogado suda cada centavo que gana, a pesar de que la gente crea que los abogados nos ganamos los chavos de manera fácil. Que me disculpe Cantalicio; estoy convencido de que no siempre el sabor lo dice todo.